El tiempo imprescindible incluido el desplazamiento para consultas médicas o pruebas diagnósticas del propio trabajador/a: hasta 5 veces al año. Se podrá restar visitas de esta bolsa individual para acompañar a descendientes en edad pediátrica, a ascendientes dependientes y/o cónyuge.
¿Y un pariente de primer grado de consanguinidad se pone enfermo?
Tienes el tiempo imprescindible para acompañar a descendientes en edad pediátrica, a cargo de la persona trabajadora, a consultas médicas o pruebas diagnósticas: hasta 5 veces al año por cada hijo/a.
Tienes el tiempo imprescindible para acompañar a ascendientes dependientes, a cargo de la persona trabajadora, a consultas médicas o pruebas diagnósticas: hasta 5 veces al año por ascendiente.
Y también:
El/la trabajador/-a podrá ausentarse un máximo de cuatro días (o equivalente a hasta 32 horas) al año natural y se descontará un 50% del concepto salario base según el nivel profesional asignado por el convenio colectivo de aplicación. Este beneficio podrá ser disfrutado por la propia persona trabajadora, por su cónyuge y por cada descendiente en edad pediátrica y/o ascendiente dependiente.
A estos efectos se considerará la existencia de enfermedad justificada aquella en la que no exista situación de I.T. y en la que el facultativo prescriba reposo domiciliario y/o visitas a centros hospitalarios, sean públicos o privados, a través de los servicios de urgencia.
debe un trabajador adaptar sus visitas médicas a sus dias libre de trabajo, esta trabajando en comercio y su planificación se la otorga para todo el mes
Hola Guillermo. Esta web trata de derechos laborales del sector de las agencias de viajes. Si fuera en caso de una personas trabajadora de agencias de viajes, el convenio establece permisos retribuidos para visitas médicas.
En caso de que se trate de otro sector, contactar por favor a través de la web de CCOO, http://www.ccoo.es
Hola yo tenia especialista con mi hijo menor y no pude asistir al trabajo en ningún momento porq ala q llegue del especialista es mi hora normal ala q yo saldría si hubiera asistido a trabajar, entonces esas horas las debo ala empresa y tengo q pagarlas o me las descuentan de mi nómina o como sería,.
Tengo derecho a faltar habiendo enseñado el volante? Y q no me descuenten nada?
Hola Laura:
Según el convenio colectivo de agencias de viajes que sigue vigente tienes hasta 3 permisos retribuidos al año (no se te descontarían nada) para acompañar hijos/as menor de edad.